Desde el 1 de enero de 2026, entra en vigor la obligatoriedad de utilizar la señal V-16 homologada y geolocalizada para la señalización de vehículos inmovilizados en vías públicas. Esta normativa, que hasta ahora generaba dudas en el caso de los vehículos especiales, afecta también a las carretillas elevadoras matriculadas que circulan por vías públicas.
Esta aclaración se recoge en la Circular AECE 2025/26, tras un cambio de criterio comunicado por la Dirección General de Tráfico (DGT).
¿Qué es la señal V-16 y por qué es obligatoria?
La señal V-16 es una baliza luminosa que sustituye a los tradicionales triángulos de emergencia. Su función es señalizar un vehículo inmovilizado por avería o accidente sin necesidad de que el conductor salga del vehículo, aumentando así la seguridad.
A partir del 1 de enero de 2026, la normativa exige que esta baliza:
- ✔️ Esté homologada por la DGT
- ✔️ Sea geolocalizable
- ✔️ Transmita la posición del vehículo a la plataforma de tráfico en tiempo real
Hasta el 31 de diciembre de 2025 todavía se permite el uso de triángulos o balizas sin geolocalización.
Carretillas elevadoras: consideradas vehículos especiales
Aunque inicialmente se interpretó que los vehículos especiales no estaban afectados por esta obligación, la DGT ha modificado su criterio basándose en el Anexo III del Reglamento General de Circulación, donde se establece que:
Los vehículos especiales deberán disponer de la señal V-16, además de otros dispositivos obligatorios.
A efectos de tráfico, las carretillas elevadoras matriculadas se consideran vehículos especiales, por lo que sí están obligadas a cumplir esta normativa cuando circulan por vías públicas o terrenos de uso público.
Vehículos obligados a llevar baliza V-16 geolocalizada
A partir del 1 de enero de 2026 deberán llevar obligatoriamente una baliza V-16 conectada y homologada:
- Turismos
- Vehículos mixtos
- Autobuses
- Automóviles destinados al transporte de mercancías
- Vehículos especiales (incluidas carretillas elevadoras matriculadas)
- Vehículos en régimen de transporte especial
⚠️ La obligación afecta únicamente a vehículos matriculados, es decir, aquellos que cuentan con autorización administrativa para circular por vías públicas.
Casos especiales
- Autocaravanas: obligadas desde julio de 2023
- Motocicletas y ciclomotores: no están obligados, aunque su uso es recomendable
En Riproman disponemos de balizas V-16 homologadas
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Si tu carretilla elevadora está matriculada y circula por vía pública, es importante que te adelantes a la normativa y dispongas del dispositivo adecuado antes del 1 de enero de 2026.
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